El sistema sanitario de nuestro país, debido a los impuestos de la población activa y a la Constitución Española es un sistema solidario, público y gratuito, es decir, todos los ciudadanos tienen derecho a acceder a él.
Cualquier extranjero estando empadronado tendrá los mismos derechos a la asistencia sanitaria que cualquier otra persona.
El inmigrante comunitario o no comunitario, si está en situación regularizada o no regularizada tiene derecho a urgencias, a atención primaria y especializada, a atención por enfermedades comunes, a atención en maternidad y a atención en caso de accidente. Si no está empadronado tiene derecho a la asistencia de urgencias.
“Ley de extranjería”
La Ley de Extranjería reconoce los derechos sanitarios de los inmigrantes que se encuentren en territorio del Estado Español. Este artículo afirma lo siguiente:
“Los extranjeros que se encuentren en España inscritos en el padrón del municipio en el que residan habitualmente, tienen derecho a la asistencia sanitaria en las mismas condiciones que los españoles."
"Los extranjeros que se encuentren en España tienen derecho a la asistencia sanitaria pública de urgencia ante la contracción de enfermedades graves o accidentes, cualquiera que sea su causa, y a la continuidad de dicha atención hasta la situación de alta médica."
"Los extranjeros menores de dieciocho años que se encuentren en España tienen derecho a la asistencia sanitaria en las mismas condiciones que los españoles."
"Las extranjeras embarazadas que se encuentren en España tendrán derecho a la asistencia sanitaria durante el embarazo, parto y postparto"
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